Paternidad/Adopción
12 semanas , las 4 primeras semanas serán obligatorias desde el día del nacimiento.
Si el empleado/a a trabajado el día del nacimiento la licencia se inicia el día posterior.
Las 8 semanas restantes se podrán disfrutar en periodos mínimos de 7 días iniciados en cualquier día dela semana. Estos periodos se deberán comunicar a la oficina con un periodo de antelación de 15 días naturales.
Si el parto es múltiple dispones de una semana adicional de permiso por cada hijo a partir del segundo.
Maternidad
∗Baja por maternidad consta de 16 semanas que se deben disfrutar ininterrumpídamente.
¿Y si es parto/adopción/acogimiento múltiple?
Dispones de una semana adicional de permiso por cada hijo a partir del segundo.
Documentación ha aportar
- Libro de familia.
- Cumplimentar reclamación haberes.